Responsable de IVA compra a Régimen Simple. Contabilización

El Régimen Simple de Tributación (RST) o también conocido como Régimen Simple, fue creado con la Ley 1943 del año 2018 (Ley de Financiamiento) la cual posteriormente fue declarada inexequible por la Corte Constitucional.

Pero nuevamente al año siguiente con la nueva reforma tributaria Ley 2010 del 27 de diciembre de 2019 o también conocida como Ley de Crecimiento Económico, fue aprobado nuevamente el Régimen Simple de Tributación.

¿Qué es el Régimen Simple de Tributación (RST)?

El Régimen Simple es un sistema unificado para el pago de impuestos en una sola declaración anual y anticipos bimestrales por parte de los contribuyentes.

Son varios los aspectos que se deben tener en cuenta al momento de contabilizar una compra realizada a contribuyentes del Régimen Simple, especialmente lo relativo a la contabilización de la Retención en la Fuente (Retefuente), Retención de IVA (Reteiva) y Retención de Industria y Comercio (Reteica), debido a que al Régimen Simple no se le practican algunas de estas retenciones.

Contabilizar compras entre Responsables de IVA y el Régimen Simple.

Esta contabilización es más fácil de aprender en video.

En este videotutorial aprenderás a contabilizar compras de bienes y servicios donde el comprador es una empresa Responsable de IVA y el vendedor pertenece al Régimen Simple; liquidando correctamente el IVA, Reteiva, Retefuente y Reteica asociados a la compra. Ver video a continuación:

Contenido del video.

1. Liquidación de los Impuestos IVA, Reteiva, Retefuente y Reteica.
2. Contabilización de la compra en el libro diario.

Información adicional del video.

En este video aprenderás la nociones fundamentales acerca del Régimen Simple de Tributación y las retenciones que se le practican al Régimen Simple.

Se desarrolla un ejercicio practico para aprender a contabilizar compras realizadas al régimen simple.

2 comentarios en “Responsable de IVA compra a Régimen Simple. Contabilización”

  1. ANDREA PUELLO

    Al practicar el Rete IVA, se debe contemplar alguna base, o se practica sin importar el valor de la compra?

    1. Buenas noches Andrea.

      Si existen unos topes que se deben cumplir para poder practicar el Reteiva; pero no se les llama base gravable, sino cuantías mínimas; ya que la base gravable es el propio IVA.

      Estas son las cuantías mínimas para practicar el Reteiva en el año 2024.
      Compras: a partir de 4 UVT = $188.260
      Servicios: a partir de 27 UVT = $1.270.755

      Son las mismas que aplican para la retención en la fuente.

      Este es el decreto donde se establecen las cuantías mínimas:
      Artículo 1.3.2.1.12 del decreto 1625 de 2016.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *